Registro de Réplicas

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Muchos preguntáis que se debe hacer o si es obligatorio registrar las replicas y espero que esto os resuelva las dudas.

Según la ley publicado en el BOE en 2012 nuestras Replicas de Airsoft ya no son réplicas para pasar a ser Armas de 4º Categoría y por lo tanto es OBLIGATORIO su registro en el municipio donde estés empadronado.

Para ello se debe solicitar una Tarjeta de Tenencia y Uso de Armas de 4ª Categoría que pueden ser solicitarlas por personas mayores de 14 años, y para ello se requiere de la siguiente documentación: (puede variar en función del municipio)

  • Certificado de antecedentes penales en vigor. (Se puede solicitar aquí.)
  • Fotocopia del DNI del solicitante
  • Factura de compra del arma y de registro
  • Tarjetas de armas (facilitada por los municipales)
  • Presentar el arma para la que se solicita la Tarjeta.

Dependiendo del municipio los papeles solicitados pueden variar e incluir tasas, demostración de munición biodegradable, manuales de instrucciones de las mismas,… Para saber con detalle que papeles son necesarios es que os pongáis en contacto previamente con los municipales de vuestro municipio y que ellos os detallen que requisitos tiene el registro. Una de las cosas más importantes y que sí que necesitamos es que nuestra réplica tenga un número de serie grabado y en caso de no tenerlo deberíamos llevarla a una armería autorizada por la Dirección General de la Guardia Civil para ello, pidiéndonos así mismo la correspondiente factura de compra. Normalmente el número de serie del fabricante es valido pero necesitaremos un papel que certifique que se trata de un número de serie único.

En algunos casos no disponemos de la factura de compra en tienda debido a que la hemos adquirido de segunda mano. Si te encuentras en esta situación puedes sustituir la factura de compra por un contrato de compra-venta entre particulares.

Si la compra se realizó en una tienda pero no se dispone de la misma por extravío, podemos pedir una copia al establecimiento en cuestión.

Otro caso que se puede dar es que compremos un arma ya registrada, para lo cual deberemos rellenar un documento de transferencia de armas con los datos del antiguo dueño y los del nuevo. La Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil facilita este documento para poder realizar ésta transacción.

Espero que esta breve guía os haya servido de ayuda y suerte con vuestros registros!

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